Ya es oficial: millones de jubilados pueden recuperar hasta 1.500 euros de más pagados a Hacienda

Hasta 4,8 millones de pensionistas de antiguas mutualidades podrían beneficiarse. El procedimiento consiste en pedir a la Agencia Tributaria la rectificación de la autoliquidación.

Millones de jubilados españoles tienen derecho a recuperar dinero que pagaron de más a Hacienda, y el Tribunal Supremo acaba de refrendar ese derecho. Las cantidades en juego pueden llegar a los 1.500 euros por contribuyente, dependiendo de su situación fiscal y del ejercicio afectado. Si eres pensionista y en su día cotizaste a una mutualidad laboral, conviene que sigas leyendo.

El origen de esta situación está en la jurisprudencia del Tribunal Supremo, que ha reconocido en diversas sentencias que determinados contribuyentes tributaron indebidamente por sus pensiones. El caso más relevante afecta a los jubilados que en su día realizaron aportaciones a mutualidades laborales —entidades de previsión social que existían antes de que la Seguridad Social centralizara estas funciones— y que no pudieron reducirse esas aportaciones en la base imponible del IRPF cuando las realizaron.

La lógica es sencilla: si cuando trabajabas no pudiste desgravarte esas cotizaciones, no tiene sentido que ahora, al cobrar la pensión derivada de ellas, tributes por el cien por cien de esa prestación. El Supremo ha dado la razón a los jubilados en este punto y ha obligado a revisar la forma en que esas pensiones se gravan en el IRPF.

Según estimaciones de los técnicos del Ministerio de Hacienda, hasta 4,8 millones de pensionistas de antiguas mutualidades podrían beneficiarse de estas sentencias.

Cuánto se puede recuperar

El importe exacto depende de cada caso: el año fiscal afectado, el tipo de prestación recibida y la situación personal de cada contribuyente. Dicho esto, las estimaciones más habituales sitúan las devoluciones entre 1.000 y 1.500 euros, aunque en algunos casos pueden ser superiores o inferiores.

No es el único precedente. El Supremo también reconoció en su momento que las prestaciones por maternidad y paternidad debían estar exentas de IRPF, cuando durante años se habían tributado como rendimientos del trabajo. Ese cambio de criterio abrió la puerta a reclamaciones que muchos contribuyentes ya tramitaron con éxito. El caso de las mutualidades sigue la misma lógica.

Cómo solicitar la devolución

El procedimiento no es especialmente complicado, aunque requiere atención. Los pasos son los siguientes:

Primero, hay que revisar si en las declaraciones de la renta de ejercicios anteriores se incluyeron ingresos que, a la luz de la nueva jurisprudencia, deberían haber tenido un tratamiento fiscal diferente. En el caso de las mutualidades, Hacienda ha habilitado un formulario específico para facilitar este trámite.

Segundo, si corresponde, hay que pedir a la Agencia Tributaria la rectificación de la autoliquidación del ejercicio fiscal en cuestión, dentro de los plazos legales establecidos —en general, cuatro años desde que finalizó el plazo de presentación de la declaración correspondiente.

Tercero, cada solicitud se analiza de forma individual. No todos los jubilados tienen derecho a la devolución: depende de si cotizaron a una mutualidad laboral antes de 1979, de los años cotizados y de si esas aportaciones no fueron deducibles en su momento.

Ante la complejidad de cada caso, lo más recomendable es consultar con un asesor fiscal o con los servicios de atención al contribuyente de la Agencia Tributaria antes de presentar ningún escrito.

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